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Visa tipo J. Para personas que viajan
a Estados Unidos con el propósito de realizar estudios académicos
como visitante de intercambio educativo y cultural, o entrenarse como
parte de un programa de intercambio reconocido oficialmente por el gobierno
estadounidense.
Visa J-1. Para el estudiante o visitante de intercambio.
Visa J-2. Para familiares directos (cónyuges e hijos) de un portador
de visa J1
Prometidos (novios) o prometidas (novias) y cónyuges de ciudadanos
estadounidenses casados en el extranjero.
Visa K-1. Para el novio o la novia
de un ciudadano estadounidense que viaja a Estados Unidos con el propósito
de contraer matrimonio.
Visa K-2. Hijos menores de 21 años solteros del portador de una
visa tipo K-1.
Visa tipo L. Para transferencia de ejecutivos de compañías
extranjeras con sede o sucursal en Estados Unidos. Sólo califican
aquellos que llevan al menos un año en el extranjero y que serán
empleados por una rama, afiliada o subsidiaria de la misma empresa en
los Estados Unidos, en la cual desempeñarán una función
gerencial, ejecutiva o que requiera conocimiento especializado.
Los visados tipo L
Visa L-1. Para el empleado de la compañía
que fue transferido a Estados Unidos.
Visa L- 2. Para los familiares directos o inmediatos (esposa e hijos menores
de 21 años) del portador de una visa L-1.
Nota: En una reciente modificación del reglamento que rige esta
categoría se permite que el cónyuge de un portador de visa
L-1 y que posea el correspondiente status de L-2 o acompañante,
puede ser autorizado a trabajar. Aunque las visas L-1 fueron creadas para
transferencias entre compañías, representan también
una posibilidad para dueños de pequeños negocios quienes
deberán patrocinar su propia visa y la de sus empleados. Sin embargo,
al tratarse de una visa de trabajo temporal, la compañía,
por pequeña que sea, deberá demostrar que está preparada
para asumir retos financieros, que pagará sus impuestos y que es
estable económicamente.
Visa tipo M. Para estudiantes de
idiomas y de formación profesional. Estudios no académicos
o vocacionales.
Visa M-1. Para los extranjeros buscan cursar estudios vocacionales (no-académicos)
o en áreas de oficios de trabajo que requiere el mercado laboral.
El estudiante estará limitado a tomar las clases únicamente
en la institución específica que aprobó la solicitud
y jamás se permite el cambio de carrera o área de estudio.
En la mayoría de los casos, los estudiantes sólo pueden
trabajar dentro de la universidad o como parte de un programa de entrenamiento
práctico o pasantía. El permiso sólo es válido
por un año (12 meses). El portador de una visa M-1 puede salir
y entrar de Estados Unidos y permanecer en el país en compañía
de sus familiares directos.
Visa M-2. Para los familiares inmediatos (cónyuge e hijos menores
de edad) de un portador de visa M-1.
Visa tipo N. Para empleados (por lo general uniformados) que forman parte
de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (NATO).
Los portadores (y sus familiares) viajan a Estados Unidos bajo las previsiones
respaldadas por el gobierno de Washington.
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